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Normativa · Actualizado el 6 de octubre de 2026

NOM-016-SSA3-2012: resumen de la norma y lo que exige a tu hospital

Quirófano hospitalario terminado conforme a la NOM-016 Render · Clínica Campestre

En resumen

La norma con la que se mide si un hospital puede atender pacientes.

La NOM-016-SSA3-2012 es la Norma Oficial Mexicana que fija las características mínimas de infraestructura y equipamiento de los hospitales y de los consultorios de atención médica especializada. Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 2013, sustituyó a la NOM-197-SSA1-2000 y sigue vigente: la confirmaron en su revisión de 2018. Tiene 12 capítulos y 36 apéndices de equipo. Si vas a construir, ampliar o equipar un hospital, es la norma con la que te van a revisar, y se resuelve en el proyecto, no al final de la obra.

Ficha

Datos de la norma, tomados de las fuentes oficiales.

La NOM-016 en siete datos

ClaveNOM-016-SSA3-2012
Nombre completoQue establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada
PublicaciónDiario Oficial de la Federación, 8 de enero de 2013
Entrada en vigor9 de marzo de 2013, 60 días naturales después de publicarse
Sustituye aNOM-197-SSA1-2000, publicada el 24 de octubre de 2001
EstadoVigente. Confirmada en la revisión sistemática del 21 de marzo de 2018
Quién la vigilaLa Secretaría de Salud y los gobiernos de los estados, cada uno en su competencia

A quién aplica

Hospitales que internan y consultorios de especialidad.

Es obligatoria para todo establecimiento hospitalario, público, social o privado, que interne pacientes para diagnóstico, tratamiento médico o quirúrgico o rehabilitación, sin importar su nombre. También para los consultorios de atención médica especializada, estén dentro de un hospital o no.

En niveles de atención, eso es el segundo y el tercer nivel.

A quién no

La consulta general va por otra norma.

Un consultorio de medicina general o una unidad solo ambulatoria del primer nivel se rige por la NOM-005-SSA3-2018. Y los servicios con norma propia, como radioterapia y hemodiálisis, cumplen la suya además de la NOM-016 cuando están dentro de un hospital.

Si tienes duda de cuál te toca, ve al diagnóstico normativo.

Estructura

Doce capítulos, 36 apéndices y 73 páginas en el PDF oficial.

Cómo está organizada la norma

CapítuloQué contiene
0 a 4Introducción, objetivo, campo de aplicación, las 17 normas de referencia y 27 definiciones, de área gris a unidad tocoquirúrgica.
5Disposiciones generales: licencia o aviso, responsable sanitario, permiso sanitario de construcción, acabados, señalización y mantenimiento.
6Infraestructura y equipamiento del hospital, área por área. Es el capítulo más largo y el que más pesa en obra.
7Consultorios de atención médica especializada: los tipos I, II y III y las reglas de 23 especialidades.
8Hospital seguro: diseño para reducir la vulnerabilidad y manuales para emergencias y desastres.
9 a 12Concordancia, bibliografía, vigilancia y vigencia, con el transitorio que deja sin efecto la NOM-197.
Apéndices36 apéndices normativos con el mobiliario y equipo mínimo de cada área, más 2 informativos.

Resumen de requisitos

Con el numeral para que lo cotejes contra el PDF.

Lo que exige la NOM-016, área por área

No es la norma completa, es lo que más pesa en un proyecto. La mayoría de estos puntos son de ubicación y de instalaciones, y por eso se resuelven en planos y no comprando equipo.

ÁreaQué exigeNumeral
Todo hospitalLicencia sanitaria o aviso de funcionamiento, responsable sanitario médico y permiso sanitario de construcción para construir, ampliar, rehabilitar o equipar.5.1.1 a 5.1.3
Programa y planosÁreas delimitadas tal como dice el programa médico-arquitectónico con el que se autorizó el permiso.5.1.4
EnergíaPlanta de emergencia y enchufes grado médico. Prohibidos los multicontactos para equipo electromédico.6.2 y 6.7.6
Gases medicinalesCentral exclusiva fuera del edificio, manifold por gas y alarmas sonoras y luminosas por baja presión.6.3
AguaAlmacenamiento para al menos 24 horas sin suministro externo y análisis periódico.6.4
Unidad quirúrgicaTransferencia, vestidores, pasillo blanco, área gris, curvas sanitarias y aire de 20 a 25 cambios por hora, sin recircular.6.6.2
Esterilización (CEyE)Ventanilla al pasillo blanco y a la circulación negra; autoclave que se mantiene sin entrar.6.6.3
Terapia intensivaCubículos alrededor de la central de enfermeras, 2 tomas de oxígeno y 16 contactos grado médico por cubículo.6.6.6
HospitalizaciónUna toma de oxígeno por cama, un sanitario y una regadera por cada seis camas y un cuarto de aislamiento por área.6.6.7
UrgenciasEn planta baja, con acceso directo para vehículos y peatones.6.6.9

El detalle de gases, energía, agua y aire está en infraestructura y equipamiento hospitalario, y cómo se ve todo esto en planta, en planos de hospitales.

Consultorios

Numeral 7.3. El tipo se define por lo que haces adentro.

Consultorios tipo I, II y III

El consultorio de especialidad independiente necesita aviso de funcionamiento y un responsable sanitario que sea especialista en esa rama. Si está ligado a un hospital, lo cubren la licencia y el responsable del hospital. Y si hace procedimientos propios de su especialidad, siempre es tipo III.

Tipo I

Áreas, mobiliario y equipo para entrevista, interrogatorio y exploración física. Es el tipo de toda especialidad que no hace procedimientos propios.

Tipo II

Lo del tipo I más sanitario para el paciente dentro del consultorio. Así deben ser gineco-obstetricia, nefrología y proctología.

Tipo III

Lo del tipo II más uno o más locales anexos para diagnóstico, tratamiento o rehabilitación propios de la especialidad.

Normas vecinas

La que sustituyó y la que regula la consulta ambulatoria.

NOM-016 frente a la NOM-197 y la NOM-005

NormaQué regulaEstado
NOM-197-SSA1-2000Hospitales y consultorios de especialidadSin efecto desde el 9 de marzo de 2013. La sustituyó la NOM-016.
NOM-016-SSA3-2012Hospitales que internan pacientes y consultorios de atención médica especializadaVigente. Segundo y tercer nivel de atención.
NOM-005-SSA3-2018Establecimientos para pacientes ambulatoriosVigente, publicada en el DOF el 9 de julio de 2020. Primer nivel de atención.

Apéndices

36 normativos, de la A a la AM.

Los apéndices: el equipo mínimo de cada área

  • Diagnóstico (A a F). Citología, histopatología, rayos X, tomografía, mamografía y ultrasonido.
  • Hospital (G a Q). Central de enfermeras, unidad quirúrgica, CEyE, obstetricia, tocoquirúrgica, terapia intensiva, hospitalización de adultos y de pediatría, urgencias.
  • Apoyo (R a U). Inhaloterapia, nutriología, rehabilitación y servicios generales.
  • Consultorios (V a AK). Acupuntura, cirugía general y plástica, dermatología, gineco-obstetricia, medicina física, neumología, neurología, oftalmología, otorrinolaringología, ortopedia, pediatría, proctología, psiquiatría, urología y estomatología.
  • Gases (AL y AM). Central con manifold para oxígeno y central con manifold para óxido nitroso.

Hay dos apéndices informativos más: la cédula para el diagnóstico de hospital seguro y el manual de buenas prácticas en el manejo de gases medicinales.

Dónde se atoran los proyectos

Lo que vemos una y otra vez en hospitales que ya operan.

El problema casi nunca es la norma. Es cuándo se lee.

Un director de hospital nos contó una vez que descubrió la NOM-016 el día que se la negaron. Tenía el proyecto listo y la inversión aprobada. Lo que no tenía era una sola línea de la norma resuelta.

La mayoría de los hospitales que hoy operan en incumplimiento no nacieron mal. Crecieron mal: se ampliaron área por área, sin un plan que ordenara capacidades ni seguridad, y un día una verificación lo destapó todo.

El otro tropiezo llega en la ventanilla. Un proyecto bien construido puede regresar lleno de observaciones porque se presentó sin cotejarlo contra la norma. Cada observación recorre semanas la apertura, y si toca algo ya construido, no se corrige una línea: se rompe, se vuelve a tender y se repite el acabado. Mientras tanto el equipo espera en bodega y el personal cobra sin pacientes.

Desde el 15 de enero de 2026 hay una puerta más para el sector público. La reforma a la Ley General de Salud (artículo 35 Bis) pide a las instituciones públicas un folio en el Plan Maestro Nacional de Infraestructura en Salud antes de crear, sustituir o ampliar una unidad médica. Lo explicamos en la reforma de 2026 y el nuevo folio.

Por eso en SMARQ H revisamos tu proyecto contra la NOM antes de que toque la ventanilla, con asesores que la trabajan a diario. Agenda un diagnóstico normativo o, si prefieres rápido, escríbenos por WhatsApp.

Fuentes: NOM-016-SSA3-2012, Diario Oficial de la Federación, 8 de enero de 2013, y ficha de la norma en la Secretaría de Economía. Consultadas el 6 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

Sobre la NOM-016

¿Qué es la NOM-016-SSA3-2012?

Es la Norma Oficial Mexicana que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de los hospitales y de los consultorios de atención médica especializada. Es obligatoria para los sectores público, social y privado, y es la vara con la que la autoridad sanitaria revisa si un hospital puede operar.

¿La NOM-016-SSA3-2012 está vigente?

Sí. Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 2013, entró en vigor el 9 de marzo de 2013 y fue confirmada en la revisión sistemática del 21 de marzo de 2018. La ficha oficial de la Secretaría de Economía la marca como vigente.

¿Dónde descargo el PDF oficial de la NOM-016?

El texto completo está en gob.mx, en el documento NOM-016-SSA3-2012.pdf de la Secretaría de Salud, de 73 páginas. Conviene bajarlo de ahí y no de sitios de apuntes, porque esos suelen traer versiones incompletas o resúmenes sin los apéndices.

¿A quién aplica la NOM-016?

A todo establecimiento hospitalario, público, social o privado, que interne pacientes para diagnóstico, tratamiento médico o quirúrgico o rehabilitación, sin importar cómo se llame. También a los consultorios de atención médica especializada, estén ligados a un hospital o no.

¿Qué diferencia hay entre la NOM-016 y la NOM-005?

La NOM-005-SSA3-2018 regula la infraestructura de los establecimientos para pacientes ambulatorios, que corresponden al primer nivel de atención. La NOM-016-SSA3-2012 regula los hospitales y los consultorios de especialidad, que corresponden al segundo y tercer nivel. Un consultorio de medicina general va por la NOM-005; un hospital, por la NOM-016.

¿Qué norma sustituyó la NOM-016?

La NOM-197-SSA1-2000, que establecía los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. Su transitorio la deja sin efecto desde la entrada en vigor de la NOM-016.

¿Qué son los consultorios tipo I, II y III?

Es la clasificación del numeral 7.3. El tipo I tiene lo básico para entrevista y exploración. El tipo II suma sanitario para el paciente dentro del consultorio. El tipo III suma locales anexos para procedimientos propios de la especialidad. Si el consultorio hace procedimientos de su especialidad, siempre es tipo III.

¿Cuántos apéndices tiene la NOM-016?

Tiene 36 apéndices normativos, de la A a la AM, con el mobiliario y equipo mínimo de cada área, y 2 informativos: la cédula de diagnóstico de hospital seguro y el manual de buenas prácticas en gases medicinales.

¿Quién verifica que un hospital cumpla la NOM-016?

La Secretaría de Salud y los gobiernos de los estados, en sus competencias, según el capítulo 11. Además, el hospital puede pedir una evaluación de la conformidad ante organismos acreditados. En la práctica, la revisión empieza con el permiso sanitario de construcción.

¿Quieres saber dónde está parado tu proyecto frente a la NOM-016?

Te decimos, antes de invertir, qué cumple y qué no.